Esta ley más conocida como "LA LEY DE LA DEPENDENCIA" ha sido esperada durante mucho tiempo por parte fundamentalmente de las familias que tienen en su casa una persona con discapacidad o
un mayor en situación de dependencia. Es cierto que tradicionalmente el cuidado y atención de nuestros mayores y personas discapacitadas ha sido realizado por los familiares más cercanos, y nadie duda de que la entrega y devoción de esos cuidadores ha sido y es impecable, intachable y sobre todo ADMIRABLE, siendo desde mi punto de vista, una prueba Es difícil en pocas líneas explicar los contenidos de una ley tan amplia como ésta, y que todos, tanto profesionales como afectados, hemos esperado como "agua de mayo", no obstante intentare dar unos datos básicos.
En primer lugar la ley garantiza un nuevo DERECHO a todas aquellas personas que se encuentren en situación de dependencia por imposibilidad o dificultad para valerse por si mismas, poniendo a su disposición servicios y prestaciones a través del SITEMA PARA LA AUTONOMIA PERSONAL Y ATENCION A LAS DEPENDENCIA (SAAD).
La ley establece 3 grados de dependencia(cada uno de ellos con dos niveles), que son los siguientes:
Cuando la persona necesita de la ayuda de otra de forma continuada y permanente para realizar las actividades básicas de la vida diaria (levantarse, lavarse, vestirse, comer, beber, salir, acostarse…).
DEPENDENCIA SEVERA: Cuando la persona necesita ayuda dos o tres veces al día. GRADO III .-
DEPENDENCIA MODERADA: Cuando necesita ayuda al menos una vez al día. La ley tiene un periodo de implantación que va desde el año 2007 hasta 2015, es decir se irán articulando los recursos y prestaciones del sistema durante este periodo y se atenderá a las personas dependientes de forma paulatina de mayor a menor dependencia, siendo el calendario de implantación el siguiente:
Se atenderá a las personas con GRAN DEPENDECIA.
2008-2009…….Se atenderá a las personas con DEPENDECIA SEVERA
2009-2010….Se atenderá a las personas con DEPENDENCIA SEVERA (Nivel I)
2011-2012….Se atenderá a las personas con DEPENDENCIA MODERADA (Nivel II).
2012-2014……..Se atenderá alas personas con DEPENDENCIA MODERADA (Nivel I) catálogo de servicios y prestaciones
que son los siguientes: Servicio de prevención de la situación de dependencia y promoción de la autonomía personal.
Servicio de Teleasistencia. Servicio de Ayuda a Domicilio(que podrá ser prestado durante los 365 días del año y en horario de mañana/tarde/noche). Servicio de Centros de día. Servicios de Atención en Residencias. prestaciones económicas: Es de lo que más se habla en los medios de comunicación y quizás lo más esperado, no obstante no hay que crear falsas expectativas ya que la ley recoge estas prestaciones con CARÁCTER EXCEPCIONAL y no en todos los casos: Prestación económica vinculada al servicios: Cuando, por ejemplo, una persona tiene reconocido derecho a una plaza en residencia y no existe ninguna libre por insuficiencia de centros, se le compensará económicamente el periodo de espera de ingreso en el centro. Prestación económica para cuidados en el entrono familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
Prestación económica de asistencia personal.
La información y el trámite de solicitudes se realiza a través de los servicios sociales comunitarios del Ayuntamiento. Por último decir que esta ley es ambiciosa y pretende mejorar , si es posible , la atención a nuestros mayores y discapacitados y darles mayor calidad de vida, pero también, insisto, me gustaría que fuese una ley que reconociera de una vez por todas el trabajo y la labor de tantas y tantas personas que han cuidado y cuidan a sus hij@s, padres, espos@s... Y que seguirán haciéndolo solo que ahora desde la administración se les vé y se les intenta ayudar en ese cuidado y atención, esa es realmente la clave de esta ley, desde mi punto de vista, "cuidar a los cuidadores". "Mi reconocimiento a todos los familiares cuidadores, y gracias por el ejemplo que nos dan".
SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS

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